Servicio notarial
Constitución de sociedad limitada
Acto por el que se crea una sociedad limitada para desarrollar una actividad económica.
¿Qué es?
La constitución de una sociedad limitada (S.L.) es el acto mediante el cual una o varias personas crean una sociedad con personalidad jurídica propia para desarrollar una actividad económica. La sociedad adquiere personalidad jurídica independiente de la de sus socios, quienes, con carácter general, no responden personalmente de las deudas sociales más allá de sus aportaciones al capital. La sociedad limitada es la forma jurídica más utilizada para pequeñas y medianas empresas, profesionales y negocios familiares por su flexibilidad organizativa y la limitación de la responsabilidad de los socios.
¿Qué documentación debo aportar?
- Documento oficial de identidad en vigor.
- Certificación negativa de denominación social expedida por el Registro Mercantil Central.
- Datos relativos al domicilio social, incluyendo la referencia catastral, objeto social y capital de la sociedad.
- Estatutos sociales, que podrán ser redactados por la notaria.
- Justificación de las aportaciones de los socios. Si la contribución es en metálico, el certificado bancario es necesario.
¿Qué trámites realiza la notaría?
Antes de la firma. La notaría revisa la documentación, comprueba la identidad y capacidad de los socios, asesora sobre el contenido de los estatutos, verifica la denominación social y prepara la escritura de constitución adaptada a las características de la sociedad.
Después de la firma. La notaría puede tramitar telemáticamente la obtención del NIF provisional, presentar la escritura para su inscripción en el Registro Mercantil y realizar las comunicaciones necesarias con las Administraciones públicas. Una vez inscrita la sociedad, podrá obtenerse el NIF definitivo e iniciarse plenamente la actividad.
Información útil
Antes de constituir una sociedad conviene definir adecuadamente el reparto de participaciones, el sistema de administración y las reglas de funcionamiento interno. Un buen planteamiento inicial puede evitar conflictos entre los socios en el futuro.
PREGUNTAS FRECUENTES
- ¿Puede constituir una sociedad limitada una sola persona?
- Sí. La sociedad puede constituirse por un único socio (sociedad unipersonal) o por varios.
- ¿Es necesario aportar dinero al constituir la sociedad?
- No necesariamente. Las aportaciones pueden ser dinerarias o consistir en bienes o derechos susceptibles de valoración económica.
- ¿Responden los socios con su patrimonio personal?
- No. La responsabilidad de los socios queda limitada a las aportaciones realizadas al capital social, sin perjuicio de las excepciones previstas por la ley.
- ¿Qué diferencia existe entre una sociedad limitada y una sociedad limitada laboral?
- La sociedad limitada laboral es una modalidad especial en la que la mayoría del capital pertenece a trabajadores con contrato indefinido que prestan servicios en la propia sociedad y está sometida a una normativa específica.