Pintor Sorolla 11

Servicio notarial

Capitulaciones matrimoniales prenupciales

Acuerdo que regula el régimen económico y otros pactos del matrimonio.

¿Qué es?

Las capitulaciones matrimoniales permiten a quienes van a contraer matrimonio establecer el régimen económico que regulará sus relaciones patrimoniales o incorporar otros pactos relacionados con el matrimonio dentro de los límites previstos por la ley. El matrimonio debe celebrarse como máximo en el plazo de un año a contar desde el otorgamiento. Deben otorgarse en escritura pública y, para que produzcan plenamente sus efectos frente a terceros, se inscriben en el Registro Civil una vez celebrado el matrimonio. 

¿Qué documentación debo aportar?

  • Documento oficial de identidad en vigor de los futuros cónyuges.

¿Qué trámites realiza la notaría?

Antes de la firma. La notaría verifica la identidad y capacidad de los futuros cónyuges, comprueba que el matrimonio aún no se ha celebrado, asesora sobre las distintas opciones de régimen económico matrimonial y redacta la escritura conforme a los pactos acordados. 

Después de la firma. Una vez celebrado el matrimonio, la notaría realiza o prepara los trámites necesarios para la inscripción de las capitulaciones en el Registro Civil. 

Información útil

Si no se otorgan capitulaciones matrimoniales antes del matrimonio, se aplicará el régimen económico previsto por la legislación correspondiente, salvo que posteriormente los cónyuges acuerden modificarlo mediante nuevas capitulaciones.

PREGUNTAS FRECUENTES

  • ¿Es obligatorio otorgar capitulaciones matrimoniales?
    • No. Solo son necesarias si desean establecer un régimen económico distinto del que la ley aplica con carácter supletorio o incluir otros pactos permitidos.
  • ¿Pueden firmarse el mismo día de la boda?
    • Sí, siempre que se otorguen antes de la celebración del matrimonio. Si se otorgan después, son capitulaciones post nupciales.
  • ¿Qué ocurre si no pacto capitulaciones matrimoniales?
    • Que el régimen económico del matrimonio será el legal supletorio. En territorio de derecho común, como la Comunidad Valenciana, será el régimen de gananciales.

¿Necesita formalizar este trámite?

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