Servicio notarial
Acta de notificación y requerimiento
Acta notarial que acredita de forma fehaciente una notificación o requerimiento y su resultado.
¿Qué es?
El acta de notificación y requerimiento es un documento público notarial mediante el cual el notario comunica de forma fehaciente a una persona una información, una decisión o una solicitud realizada por otra, dejando constancia tanto del contenido de la comunicación como de su entrega, de su rechazo o de cualquier otra circunstancia que se produzca durante la notificación. Este tipo de acta se utiliza con frecuencia para reclamar el cumplimiento de obligaciones, requerir el cese de una determinada conducta, comunicar resoluciones o dejar constancia de comunicaciones con relevancia jurídica.
¿Qué documentación debo aportar?
- Documento oficial de identidad en vigor.
- Datos identificativos de la persona o entidad a la que se dirige la notificación.
- Domicilio que permita localizar al destinatario.
- Texto o documentación cuyo contenido deba notificarse.
- En su caso, documento que acredite la representación con la que actúa.
¿Qué trámites realiza la notaría?
Antes de la firma. La notaría comprobará la identidad del requirente, revisará el contenido de la comunicación, asesorará sobre la forma más adecuada de practicar la notificación y preparará el acta.
Después de la firma. La notaría practicará la notificación o el requerimiento conforme a la legislación notarial y dejará constancia del resultado de la diligencia, ya sea la entrega, la negativa a recibirla, la imposibilidad de efectuarla o cualquier otra circunstancia relevante.
Información útil
Una notificación notarial acredita de forma fehaciente tanto el contenido de la comunicación como el intento de entrega y su resultado, lo que puede resultar especialmente útil en procedimientos judiciales o en la defensa de sus derechos.
PREGUNTAS FRECUENTES
- ¿Es necesario que el destinatario acepte la notificación?
- No. Aunque el destinatario rechace la comunicación o se niegue a recibirla, el notario dejará constancia de lo sucedido en el acta.
- ¿Qué tipo de comunicaciones pueden notificarse?
- Cualquier comunicación con relevancia jurídica, como reclamaciones de pago, requerimientos para cumplir un contrato, comunicaciones entre copropietarios, arrendadores y arrendatarios, o cualquier otra declaración de voluntad.
- ¿Puede notificarse a una empresa?
- Sí. Las notificaciones pueden dirigirse tanto a personas físicas como a personas jurídicas.
- ¿Tiene la misma validez que un burofax?
- Ambos medios permiten acreditar una comunicación, pero el acta notarial incorpora la intervención del notario como fedatario público y proporciona un elevado valor probatorio.